
Bajo el mismo tenor de la Federación Mexicana de Futbol de "impartir justicia deportiva con sansiones sin precedentes", la Comisión Disciplinaria aplicó un castigo sobre Monterrey y Esteban Andrada, portero del club regio.
Esto luego de anunciar las sanciones a Nahuel Guzmán y a Tigres por lo sucedido en el Clásico Regio el fin de semana pasado.
¿Qué sanción recibió Esteban Andrada?
- SOBRE RESPUESTA DE ESTEBAN ANDRADA
Se sanciona económicamente, al jugador del Club de Futbol Monterrey, Esteban Maximiliano Andrada, debido a una publicación realizada en redes sociales toda vez que transgredió el articulo 71 inciso c) y el artículo 1 del Apéndice III, del Reglamento de Sanciones de la FMF:
Artículo 71
"A todos los Sujetos a este Reglamento que incurran en las faltas que se señalan a continuación, se les sancionará según corresponda en cada caso:
(...)
c) Aquel que no se dirija con respeto, prudencia, honestidad o aquel que no proporcione información clara y veraz a los medios de comunicación y/o redes sociales.
Multa de 300 a 4,000 UMAs y/o de 1 a 3 partidos de suspensión."
Artículo 1
"El racismo y/o discriminación constituye la humillación, discriminación o ultraje en contra de otra persona, realizado públicamente, de forma que suponga un atentado contra la dignidad humana por razón de su raza, color, idioma, religión, discapacidad, preferencia u orientación sexual u origen étnico, y/o adopte de alguna otra manera una conducta racista y/o que denigre al ser humano."
¿Qué sanción recibió el Club Monterrey?
- AL CLUB DE FUTBOL MONTERREY
Esta Comisión sanciona económicamente al Club de Futbol Monterrey, por transgredir el artículo 48 inciso f) y h), y artículo 49 primer párrafo del Reglamento de Sanciones de la FMF, los cuales mencionan que, el Club local es responsable de garantizar la Seguridad en su Estadio y de la conducta impropia de los grupos de animación y el público en general que asista a los Estadios en ocasión de los partidos oficiales y amistosos organizados por la FMF o Torneos internacionales de Confederaciones o FIFA:
Artículo 48
"Es obligación de los Clubes Afiliados a la FMF mantener el orden y corrección en el Estadio donde efectúen sus partidos oficiales o amistosos como local y observar las disposiciones, lineamientos y acuerdos tomados por el Consejo Interno de Seguridad, particularmente en lo siguiente:
(...)
f) Se deberá contar con la seguridad necesaria para evitar incidentes que ocurran en tribuna, pasillos, túneles y vestidores, ocasionados por los Oficiales y/o el público en general."
(...)
h) Particularmente los Clubes de LIGA MX y LIGA EXPANSIÓN MX, deben cumplir con lo dispuesto por el Reglamento General de Competencia, en específico con las disposiciones relativas a los Estadios, y en general con el Reglamento de Seguridad para Partidos Oficiales de la FMF."
Artículo 49
"El Club local es responsable de la conducta impropia de los Grupos de Animación y el público en general que asista a los Estadios en ocasión de los partidos oficiales y amistosos organizados por la FMF, o Torneos internacionales de Confederaciones o FIFA."
En el ánimo que situaciones como las suscitadas no se repitan, y que en el futbol mexicano se siga disfrutando del espectáculo deportivo respetando siempre los principios del Juego Limpio, se advirtió a ambos clubes sobre la conducta futura de sus jugadores, integrantes de cuerpo técnico, directivos y aficionados en general, ya que en caso de que este tipo de acciones se vuelvan a cometer, la Comisión Disciplinaria podrá imponer sanciones más severas en su contra.
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